¿Qué es un pacto de socios?

Un pacto de socios es un acuerdo privado entre algunos o todos los socios de una empresa para regular sus relaciones internas y prevenir posibles conflictos. Este pacto es extraestatutario, es decir, complementa los estatutos de la empresa sin formar parte de los mismos, y establece normas específicas sobre el funcionamiento de la sociedad y las relaciones entre los socios.

Principales características del pacto de socios

  1. Carácter privado: Es un acuerdo privado entre los socios que no afecta a terceros ni a la sociedad en sí misma, sino sólo a los socios firmantes.
  2. Complementario: Completa los estatutos de la sociedad, proporcionando más flexibilidad y detalle en la regulación de las relaciones internas.
  3. Flexibilidad: Permite incluir cláusulas específicas adaptadas a las necesidades particulares de los socios y de la empresa.
  4. Eficacia limitada: Sólo es vinculante para los socios que lo firman y no para los terceros ni para los socios no firmantes.

Principales ventajas de concluir un pacto de socios

  1. Prevención de conflictos: Permite anticipar y regular los posibles conflictos entre socios, asegurando una mayor estabilidad en la relación.
  2. Protección de los intereses de los socios: Refuerza la protección de los intereses comunes o individuales de los socios firmantes.
  3. Flexibilidad contractual: Gracias a la libertad contractual, los socios pueden establecer acuerdos específicos que no serían posibles sólo con los estatutos.
  4. Adaptabilidad: Se puede adaptar a las necesidades cambiantes de la empresa y de sus socios.
  5. Seguridad jurídica: Aporta seguridad jurídica a los socios, ya que establece claramente las reglas de juego desde el principio.

Cláusulas principales del pacto de socios

  1. Cláusulas de gestión de la empresa:
       
    • Cláusula de voto: Organiza los derechos de voto de los socios para decisiones concretas, pudiendo incluir acuerdos de votación o derechos de veto.
    • Cláusula de nombramiento de consejeros: Regula el nombramiento y la retribución de los administradores de la sociedad.
    • Cláusula informativa: Otorga derechos de consulta, información o control a determinados socios.
  1. Cláusulas de participación y transferencias de valores:
       
    • Cláusula de distribución de beneficios: Garantiza dividendos para los accionistas minoritarios.
    • Cláusula de estabilidad patrimonial: Los socios mayoritarios se comprometen a reponer los fondos propios hasta un determinado umbral.
    • Cláusula antidilución: Garantiza el mantenimiento del nivel de participación de los socios en caso de aumento de capital.
    • Cláusula pari passu: Garantiza igualdad de trato en términos de inversión financiera.
  2.  
  3. Cláusulas de salida de un accionista:
       
    • Cláusulas preferentes: Dan prioridad a los socios para adquirir las acciones en caso de venta.
    • Cláusulas de inalienabilidad: Prohíben la cesión de acciones durante un periodo limitado.
    • Cláusulas de aprobación: Requieren la aprobación de los demás socios antes de cualquier transmisión de acciones.
  4.  
  5. Cláusulas de resolución del pacto:
       
    • Cláusula de salida conjunta: Permite que todos o algunos firmantes puedan vender sus acciones en caso de transmisión de acciones por parte de un socio.
    • Cláusula de salida prioritaria: Da a un socio la posibilidad de ceder sus acciones con carácter prioritario a los demás socios del pacto.

Estas cláusulas pueden variar en función de las necesidades específicas de la empresa y de sus socios, proporcionando una herramienta muy valiosa para la gestión efectiva y armoniosa de las relaciones internas.

Esteve Vidal Ferrer

jurista

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